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En cumplimiento con lo establecido en la regla
3.1.31 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) vigentes, se hace de
su conocimiento que a partir del 3 de septiembre de 2018 se habilita el
sistema electrónico aduanero presentando el “Documento de Operación para
Despacho Aduanero” (DODA) con el código de barras bidimensional QR, para las
siguientes aduanas:
Lo anterior, a efecto de que los agentes o
apoderados aduanales y representantes legales acreditados, importadores,
exportadores y usuarios de comercio exterior del país realicen sus operaciones
en términos de la citada regla.
Es importante resaltar que, en la fecha
señalada, la presentación del DODA será obligatoria, excepto en tránsitos,
operaciones con copia simple previstas en la regla 3.1.18., las realizadas por
transporte ferroviario que realicen transmisiones a la Ventanilla Digital en
términos de la regla 1.9.11. y las que se realicen con aviso electrónico de
importación y de exportación.
Se adjunta
hoja informativa que por sí sola se explica.