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En
cumplimiento con lo establecido en la regla 3.1.31 de las Reglas Generales de
Comercio Exterior (RGCE) vigentes, se hace de su conocimiento que a partir del
27 de agosto de 2018 se habilita el sistema electrónico aduanero para que se
realice el despacho aduanero presentando el “Documento de Operación para
Despacho Aduanero” (DODA) con el código de barras bidimensional “QR” para las
siguientes aduanas:
Lo
anterior, a efecto de que los agentes o apoderados aduanales y representantes
legales acreditados, importadores, exportadores y usuarios de comercio exterior
del país realicen sus operaciones en términos de la citada regla.
Es
importante resaltar que, en la fecha señalada, la presentación del DODA será
obligatoria, excepto en tránsitos, operaciones con copia simple previstas en la
regla 3.1.18., las realizadas por transporte ferroviario que realicen
transmisiones a la Ventanilla Digital en términos de la regla 1.9.11. y las que
se realicen con aviso electrónico de importación y exportación.
Finalmente,
se reitera que se encuentran disponibles para su consulta los lineamientos,
preguntas frecuentes, videotutoriales y manual técnico de operación del Web
Service de DODA en la siguiente página de internet del SAT:
http://omawww.sat.gob.mx/aduanas/Portal/index.html#!/lineamientos
Se adjunta hoja informativa que
por sí sola se explica.