? CIRCULAR No. S - 0133 - D.O.F. 14/06/18 Prórroga del Pago referenciado por línea de captura
CIRCULAR No. S - 0133
DEPARTAMENTO INFORMATICA
D.O.F. 14/06/18 Prórroga del Pago referenciado por línea de captura
H. VERACRUZ, VER. A 14 DE JUNIO DE 2018
A TODOS NUESTROS ASOCIADOS:

Hacemos de su conocimiento que el día de hoy 14/06/2018 se publicó en el D.O.F. el Acuerdo citado al rubro, el cual tiene por objeto ampliar el plazo previsto en el Segundo Párrafo del Artículo Transitorio Primero de las "Reglas de carácter general para la recepción de información de declaraciones fiscales y la recaudación de recursos federales por parte de las instituciones de crédito" (540 días naturales siguientes a su publicación en el DOF), en virtud de que dicho plazo resulta insuficiente para estar en condiciones de llevar a cabo la implementación de los nuevos sistemas que permitan cumplir con el objetivo de la autoridad fiscal sin causar afectación a la operatividad de comercio exterior.

 

Lo anterior hace referencia al Depósito Referenciado (Línea de Captura) para contribuciones de Comercio Exterior, mismo que contemplaba su entrada en vigor para el viernes 15 de junio de 2018, por lo que la prórroga a la que hace referencia el presente Acuerdo queda de la siguiente forma:

 

"Reglas de carácter general para la recepción de información de declaraciones fiscales y la recaudación de recursos federales por parte de las instituciones de crédito"

 

Artículo Primero Transitorio:

 

La recepción de información de declaraciones fiscales y la recaudación de contribuciones provenientes de operaciones de comercio exterior y demás que deban pagarse conjuntamente con éstas, quedarán sujetas a las presentes Reglas, así como al Anexo 2 a que se refiere la Regla Octava de las mismas hasta los 634 días naturales siguientes a la publicación de las presentes Reglas en el Diario Oficial de la Federación, es decir, entrará en vigor el próximo lunes 17 de septiembre de 2018.

ATENTAMENTE
LIC. VICENTE MALDONADO FERNANDEZ
GERENTE DE INFORMATICA
"Las circulares e información que esta Asociación emite, son para uso exclusivo de sus Asociados, por lo que con la finalidad de preservar los derechos y beneficios de estos últimos, adquiere el carácter de confidencial, siendo que el incumpliendo a esta disposición, será severamente sancionada por la leyes mexicanas e internacionales vigentes."
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