?
Se
hace referencia a la Adición al anexo 22, Datos del Proveedor/Comprador, ID. Fiscal
para Japón, publicada en el DOF el 9 de febrero de 2017.
Sobre el particular, se informa que el ID de Japón será exigible a partir del 10 de mayo de 2017, fecha en que entra en vigor “Ley sobre el Uso de Números para Identificar a cada Individuo determinado en el marco de Trámites Administrativos” de dicho país.
Se adjunta hoja informativa que por sí sola se explica.
Por la importancia de lo anterior sugerimos
tomar nota.